No seguir discriminando a los alumnos por no pagar cuotas

La negativa de los directivos de algunos colegios de entregar diplomas a jóvenes estudiantes por estar en mora en sus cuotas resulta totalmente ilegal. Las autoridades del Ministerio de Educación y Cultura deben redoblar sus esfuerzos para evitar que ocurran estos casos y sancionar. Es necesario revindicar el derecho de que el Estado extienda y mejore las opciones de una educación gratuita y de calidad.

Con estos casos se demuestra que los colegios privados siguen concibiendo a la educación más como un negocio que como un servicio a la comunidad.

El humillante trato al que se han sido sometidos estos jóvenes alumnos de ambos colegios, además de constituir un hecho de discriminación que puede tener efectos traumáticos en niños y adolescentes en plena formación de su personalidad, es una violación flagrante de lo que establece la recientemente promulgada Ley N° 5738/16.

Esta ley tiene por objeto garantizar el derecho del niño y adolescente que estudia en instituciones educativas privadas, respecto a las cuotas y aranceles educativos. Establece en su artículo 2° que, en caso de que exista mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas, las instituciones responsables no podrán denegar el derecho a exámenes parciales o finales, ni retener libretas de calificaciones, de exámenes parciales o finales, ni hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos, ni hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos, ni establecer cualquier otra medida que pudiera afectar el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.

(Última Hora, Fragmento del Editorial – 14 de diciembre de 2016).