No se pueden negar exámenes por deudas en los colegios

Los casos de estudiantes a quienes se les niega rendir los exámenes finales por situaciones de mora en las cuotas de varios colegios privados y subvencionados, además de ser una clara violación legal, constituyen una situación perjudicial para muchos jóvenes, a quienes se les expone al riesgo de perder el año lectivo por una situación reiterativa, que debería ser mejor manejada por los propios padres de familia, por las autoridades de los colegios y mucho mejor controlada por el MEC.

Solo cuatro de cada diez estudiantes están al día con sus cuotas mensuales en los colegios privados y privados subvencionados de Asunción y el área metropolitana, según datos de la Asociación de Instituciones Educativas Católicas del Paraguay (Asiec). Es decir, se registra una mora del 60% en la mayoría de las instituciones.

Ante esta situación, nuevamente se denuncian casos en que las autoridades de varios colegios buscan prohibir que los alumnos que adeudan sus cuotas puedan rendir los exámenes finales, en clara violación a la Ley 3587 «De protección de la niñez y de la adolescencia en el ámbito educativo privado», que establece claramente en su artículo 2: «En caso de cuotas y aranceles vencidos e impagos por parte de los responsables, las instituciones educativas no podrán: 1. retener las libretas de calificaciones, de exámenes parciales o finales; 2. hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos; y, 3. hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos».

(Última Hora – 9 de noviembre de 2016).