Mujeres tendrán 4 meses y medio para la lactancia

La reglamentación por parte del Ejecutivo de la Ley 7.550 «de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna», promulgada en el año 2015 garantizará a las trabajadoras el derecho a usufructuar el permiso por maternidad, que abarca desde el periodo prenatal, el nacimiento y hasta el postnatal.

También establece la prohibición de ejecutar determinados trabajos, la inamovilidad laboral desde la notificación al empleador del estado de gravidez y hasta un año después del nacimiento o adopción del bebé y la reubicación laboral por estado de gravidez.

En lo que hace al permiso postnatal establece un descanso de 16 semanas posteriores al nacimiento del niño o niña, en caso de haberse optado por el permiso prenatal. Caso contrario, el descanso postnatal será de 18 semanas. Este permiso se podrá hacer extensivo a la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado un menor de seis meses, por habérsele otorgado judicialmente la tuición como medida de protección.

La cobertura del 100% de la extensión de los permisos señalados precedentemente estará a cargo del seguro social de la trabajadora, y si no lo tuviere, a cargo del empleador. Estos cálculos deberán realizarse de acuerdo con la progresividad establecida en el Artículo 20 de la Ley 5.508/2015.

La ley promulgada en el año 2015 garantiza también a las madres trabajadoras el derecho de sus horas de lactancia cuando vuelven al trabajo «sin comprometer su estabilidad económica y laboral», en una sanción que se logró después de cuatro años de gestión y supuso un avance en la conquista de los derechos.

(La Nación – 10 de agosto de 2017).